1. La Administración General del Estado acometerá una revisión, simplificación y, en su caso, una consolidación normativa de su ordenamiento jurídico. Para ello, habrá de efectuar los correspondientes estudios, derogar las normas que hayan quedado obsoletas y determinar, en su caso, la necesidad de introducir modificaciones, novedades o proponer la elaboración de un texto refundido, de conformidad con las previsiones constitucionales y legales sobre competencia y procedimiento a seguir, según el rango de las normas que queden afectadas.
2. A tal fin, la Secretaría de Estado de Relaciones con las Cortes elaborará un Plan de Calidad y Simplificación Normativa y se encargará de coordinar el proceso de revisión y simplificación normativa respecto del resto de Departamentos ministeriales.
3. Las Secretarías Generales Técnicas de los diferentes Departamentos ministeriales llevarán a cabo el proceso de revisión y simplificación en sus ámbitos competenciales de actuación, pudiendo coordinar su actividad con los órganos competentes de las Comunidades Autónomas que, en ejercicio de las competencias que le son propias y en aplicación del principio de cooperación administrativa, lleven a cabo un proceso de revisión de sus respectivos ordenamientos jurídicos.
Punto clave: Mandato de limpieza legislativa para la Administración General del Estado (AGE).
El objetivo: Eliminar normas obsoletas y evitar la dispersión normativa. Se busca la "Calidad Normativa" a través de la simplificación y la creación de Textos Refundidos (unir varias leyes en una sola).
Quién manda: La Secretaría de Estado de Relaciones con las Cortes es la directora de orquesta. Elabora el Plan de Calidad y coordina a todos los Ministerios.
Quién ejecuta: Las Secretarías Generales Técnicas (SGT) de cada Ministerio son las que hacen el trabajo de campo en sus áreas.
Cooperación: Se abre la puerta a que las Comunidades Autónomas se sumen a este proceso de limpieza en sus propios territorios.
Relaciones Directas con artículos y leyes: